Una de las consecuencias
de los recortes que sufrimos en el año 2012 los empleados públicos de la Junta de Andalucía fue una bajada de la cotización
general a la Tesorería de la Seguridad Social.
La Junta de Andalucía decidió “motu
propio” reducir la base de cotización que correspondía a su
plantilla, ignorando que el Real
Decreto del Estado preveía un mínimo garantizado para evitar que los recortes salariales debidos a la crisis económica tuviesen consecuencias
futuras.
Es de gran importancia este mínimo porque minorar
las cotizaciones incide directamente en
los importes de jubilaciones, incapacidades, prestaciones por desempleo, bajas
por maternidad o lactancia, etc…
En su día, el Gobierno andaluz argumentó que la medida
se ejecutaba en cumplimiento del decreto de ajustes impuesto por el Gobierno
central, que implicaba una reducción
del salario y, por tanto, de las bases de cotización.
A efectos del cálculo de la base de
cotización, el Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, estableció que “seguirá siendo de
aplicación lo dispuesto en el artículo 120.Dieciséis, de la Ley 2/2012, de 29 de
junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012: "...
como referencia, la base de cotización de cada funcionario será la que
hubiese percibido en diciembre de 2010, salvo que por razón de las retribuciones
que percibieran pudiera corresponderle una de mayor cuantía, en cuyo caso será ésta
por la que se efectuará la cotización mensual...”.
Como la Junta decidió no respetar la base de cotización
mínima que establecía la norma estatal, la Inspección de
Trabajo de la Seguridad Social le hizo varios requerimientos para que
corrigiera esta actuación. Ello, unido a las protestas de varias
organizaciones sindicales, obligó a la
Administración andaluza a corregir la medida a partir del 1 de Enero de 2013, aunque no de manera generalizada
ni con efectos retroactivos a fecha julio de 2012.
Posteriormente,
tanto organizaciones sindicales, en el ámbito sanitario, como trabajadores a
título particular, en el ámbito de la Administración General, han requerido a
la Junta de Andalucía y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que
se corrijan las infracotizaciones, tanto referidas al periodo julio-diciembre
2012, como a periodos posteriores que, puntualmente, algunos empleados
detectaron como incorrectamente cotizados.
A
raíz de estas acciones, la Seguridad Social tiene en marcha un proceso de
investigación que, dependiendo del ámbito y la provincia, se encuentra en
distintas fases. Se adjuntan últimas
informaciones periodísticas, acreditadas por la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, funcionarios y sindicatos denunciantes en relación con el
estado de la investigación en la provincia de Córdoba.
Asimismo,
durante este tiempo ha de destacarse que la Sentencia dictada en el recurso de apelación número
214/2014, de cuatro de diciembre de
2014, de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Sección Segunda, de Sevilla, que es firme, ya se ha
pronunciado sobre la aplicabilidad a los empleados públicos de la Junta de
Andalucía de la medida regulada por la norma estatal relativa a la base de
cotización garantizada a que se ha hecho referencia.
Como
consecuencia de este incumplimiento la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social ha practicado liquidación de las cotizaciones
ingresadas por la Junta respecto a sus funcionarios relativos al periodo julio
– diciembre de 2012, lo que obliga a la Junta de Andalucía a regularizar las
cotizaciones de todos sus funcionarios.
Con
posterioridad, la Junta de Personal de Cádiz ha recibido escrito de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Andalucía informando sobre el levantamiento de actas de liquidación de las cuotas no
ingresadas a la Seguridad Social por la Junta de Andalucía en el periodo de julio a
diciembre de 2012.
En
todo caso, y desde la Inspección de Trabajo y Seguridad Social siempre se ha
recomendado que los funcionarios, laborales y demás empleados de la Administración andaluza consulten
sus bases de cotización, especialmente las correspondientes al periodo
julio-diciembre de 2012, y comprueben
personalmente si son o no inferiores a las de diciembre de 2010.
La consulta puede realizarse
telemáticamente, a través de la web de la seguridad social, con certificado
digital, pinchando en INFORMES DE BASES
DE COTIZACIÓN:
En caso de ser inferiores, se recomienda
presentar escrito de reclamación solicitando la subsanación de los errores
detectados. Ello, independientemente de que la Junta de Andalucía proceda a
regularizar las mismas a través del ingreso de las cuotas que la Inspección de
Trabajo les está reclamando.
Por
parte de USO, seguiremos informando de
cualquier cambio o nueva actuación que surja sobre este tema.
También
disponemos de modelo de reclamación ante la Tesorería de la Seguridad Social.
Enlaces de
interés:
http://sevilla.abc.es/andalucia/cordoba/20150128/sevi-embargada-junta-funcionarios-201501272119.html