Numerosos comentarios vienen circulando, incluso
reclamaciones a la comisión de valoración realizada por una organización
sindical de mesa sectorial de sanidad, órgano donde se decide paritariamente
estas cuestiones, referente al apartado baremable en BOLSA UNICA DE EMPLEO SAS,
OTROS MÉRITOS (poster y ponencias), desde esta organización sindical SIC-PGSA-USO
nos vemos obligados a manifestar nuestro posicionamiento ante el Servicio
Andaluz de Salud y todos los trabajadores afectados. Con en fecha 4 de Abril de
2018, la Dirección General de Profesionales del SAS emitió un INFORME CON
CARÁCTER VINCULANTE para que las Comisiones de Valoración de los grupos C,D
y E , referente al procedimiento de actuación y criterios a seguir en la
valoración de méritos del periodo de fecha 31 de Octubre de 2017 . Que el
informe en cuestión se elabora con la Resolución de 22 de septiembre de 2017 y
la de 20 de octubre del mismo año, ambas de la propia Dirección General de
Profesionales (BOJA 192, 5 de octubre de 2017 y BOJA 215, 9 de noviembre de
2017, respectivamente), recogen la normativa que va a regir la BOLSA DE EMPLEO
TEMPORAL, y que conforme a la base 8.6 de la resolución de la convocatoria,
los miembros de la Comisión de Valoración son personalmente responsables del
estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.
- Desde esta organización
sindical, entendemos que estás son las únicas instrucciones validas que
han de ser vinculantes para todos los tribunales de valoración y cualquier
alteración de estas instrucciones seria modificando las BASES DE LA
CONVOCATORIA que se recogieron en las instrucciones del informe
referenciado.
- Que el SIC-PGSA-USO, tomara
cuantas medidas legales considere oportuna si al publicarse los listados
definitivos detectase alguna variación de estas instrucciones relacionadas
con el apartado OTROS MERITOS (poster y ponencias).
- Por todo lo expuesto
solicitamos que se respete el INFORME CON CARACTER VINCULANTE para que se
sigan baremando en el apartado OTROS MERITOS (poster y ponencias)
- Que si se considera ABUSIVA la
utilización de los 10 puntos que se otorgan en OTROS MERITOS, se LIMITE
este apartado y por este concepto a 1 sólo punto por cada año.