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viernes, 13 de marzo de 2020

USO CÓRDOBA. EL CORONAVIRUS ESTA AFECTANDO A TUS DERECHOS LABORALES, TE INFORMAMOS



EL CORONAVIRUS ESTA AFECTANDO A TUS DERECHOS LABORALES.
EL SINDICATO USO CÓRDOBA TE INFORMA:




Ante la situación de alarma por el Coronavirus que vivimos estos días,  estamos recibiendo multitud de llamadas de los trabajadores/as afiliad@s a USO que se encuentran afectad@s por las medidas que le están aplicando sus empresarios.

Vamos a intentar explicar los supuestos más frecuentes que se están dando, para que estéis informados y sepáis cómo actuar.

Si el empresario te requiere estos días para que firmes un despido por el tema del Coronavirus, ¡OJO!.  PONER  “NO CONFORME” Y ACUDIR A LA ASESORIA JURIDICA DE USO CÓRDOBA (957 76 08 17 – escríbenos: cordoba@usoandalucia.net).

¿Qué FIGURA LEGAL están utilizando la mayoría de empresarios para esta situación? Un ERTE

Las empresas están suspendiendo los contratos de trabajo, no despidiendo, a través de un ERTE POR CAUSA DE FUERZA MAYOR, lo que les permite saltarse el trámite de negociar con los representantes de los trabajadores. La empresa, en este supuesto, esta obligada a comunicarlo a la Autoridad Laboral para que esta, en el plazo de 5 días, lo autorice o no. Si lo autoriza, la empresa debe comunicarlo al SEPE PARA QUE ABONE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO A LOS TRABAJADORES AFECTADOS QUE LO SOLICITEN (ES VOLUNTARIO SOLICITARLO) durante el tiempo que la empresa permanezca cerrada, y, durante este periodo, la empresa deberá SEGUIR COTIZANDO POR SUS TRABAJADORES, lo que no tiene obligación es de ABONAR EL SALARIO.

SI LA EMPRESA NO SIGUE ESTOS PASOS, HABRÍA QUE ACUDIR A LOS TRIBUNALES.

¿TU EMPRESA TE INVITA A QUE TE DES DE BAJA VOLUNTARIA?

Supuesto: desde la empresa nos comenta el responsable de recursos humanos que tramitemos la baja durante 15 días de forma voluntaria. 
     ¿Cómo debemos de proceder?
·  Los trabajadores en aislamiento preventivo por razón de contagio del Covid-19, se consideren en situación de incapacidad temporal asimilada a una baja laboral por accidente de trabajo. Y ese aislamiento tiene que ser por prescripción médica, si hay baja voluntaria del trabajador, la empresa y/o Mutua no tiene que por qué pagar salarios. Cuestión distinta es que la empresa y la mutua digan por escrito que si van a pagar en caso de baja voluntaria."


SI NECESITAS  MAS ASESORAMIENTO, LLÁMANOS Y TE DAREMOS CITA CON NUESTRA ASESORÍA JURÍDICA: