La Ley 26/2015 de protección a la
infancia y a la adolescencia, que entró en vigor el pasado día 18 de Agosto de
2015, introdujo una modificación en el ET para regular un nuevo permiso
retribuido a fin de acometer las gestiones obligatorias en los casos de adopción
y acogimiento.
En relación con esta iniciativa, USO significa que, si bien la modificación introducida sería aplicable al
personal laboral de las Administraciones Públicas, no resultaba de aplicación al
personal funcionario que se rige por lo dispuesto en la Ley
7/2007, de 12 de abril, EBEP.
Por ello, se incorpora en la
disposición final cuarta la modificación del artículo 48, letra e) del EBEP, con
objeto de que también los funcionarios públicos puedan disfrutar de este
permiso.