El sindicato USO ha presentado alegaciones al proyecto de modificación de la Orden de la Junta de Andalucía, por la que se crean nuevas categorías y se regula las funciones, requisitos de acceso, retribuciones y plantilla orgánica del servicio de mantenimiento hospitalario del Servicio Andaluz de Salud.
La Unión Sindical Obrera, en aras a compatibilizar los derechos
generales de la ciudadanía con la salvaguarda de los derechos adquiridos, tanto
profesionales como económicos, por los trabajadores a los que afecta la Orden de 16 de junio de 2008 de la Consejería de Salud, y su modificación posterior, ha presentado las
alegaciones que considera necesarias para procurar una mayor
seguridad jurídica.
Una de las protestas de trabajadores de mantenimiento ante la sede del SAS en Sevilla
En primer término, este
sindicato considera imprescindible denunciar una vez más ante la Administración
sanitaria la situación de inestabilidad laboral a la que viene sometiendo a los
profesionales que desde hace 20 años, en muchos casos, desempeñan las tareas de
mantenimiento de los centros hospitalarios del SAS. Es insostenible, desde el
punto de vista de esta organización sindical, la provisionalidad, indefensión y
amenaza constante que pende sobre este colectivo desde hace casi una
década.
Los técnicos del
mantenimiento público hospitalario andaluz sufren condiciones laborales muy
difíciles debido a una pérdida de derechos progresiva desde hace años,
acentuada desde 2010 por los recortes aplicados en la Junta de Andalucía. Entre
otros agravios, soportan aumentos y cambios arbitrarios en la carga de trabajo,
nombramientos temporal a tiempo parcial, traslados diarios a poblaciones fuera
de su provincia de residencia habitual, cuando hay vacantes en localidades
cercanas. Y, en último término, la no renovación de nombramientos.
Polivalencia y externalización de servicios
Las restricciones y mayores exigencias técnicas
–polivalencia- que se les impone se
producen en paralelo al aumento de la contratación de servicios con empresas
externas, para las que, en último término, acaban trabajando los profesionales
del SAS, subsanando errores cometidos por la falta de especialización entre el
personal de tales empresas privadas. Esta situación, en opinión de este
sindicato es contraria al espíritu de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
USO estima
que, tanto la Orden de 16 de junio de 2008, como el proyecto que pretende su
modificación, incumplen los citados principios y criterios de ordenación del
régimen estatutario de los servicios públicos de Salud y reflejan una “falta de
voluntad y la ausencia de una política clara por parte de la Junta de Andalucía
para que el mantenimiento de los hospitales andaluces permanezca como un
servicio público eficiente y de calidad, con transparencia en la gestión de los
recursos”. Asimismo, atentan contra la
estabilidad en el empleo y las garantías de competencia, responsabilidad e
imparcialidad en el desempeño del ejercicio profesional. Y dejan en evidencia
el incumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad
en el acceso a la condición de personal estatutario.
La Unión Sindical Obrera, en
solidaridad con los trabajadores afectados
y en defensa de una sanidad pública de calidad, por tanto, solicita, una vez más, de la
Administración autonómica su vuelta al espíritu de la Ley 55/2003 y su “compromiso para evitar la privatización y
la degradación de este servicio, indispensable para el funcionamiento de la
Sanidad Pública”.
En este sentido y como planteamientos generales, reivindica para
este colectivo:
1.- El reconocimiento normativo, la integración y la
normalización de todas las categorías tradicionales de mantenimiento de
hospitales y todo su personal (fijo, interino y eventual) con las correspondientes
equivalencias y certificaciones, en función de titulaciones y experiencia
profesional, con la apertura del acceso a la carrera profesional.
2.- La creación de una bolsa de contratación para mantenimiento
que abarque todo el territorio autonómico andaluz y que garantice las
especialidades y la calidad del servicio, descartando así la polivalencia y la
tercerización.
3.- La convocatoria de Oposiciones, con plazas diferenciadas por
categorías, para convertir en puestos
fijos todos aquellos que sean necesarios para asegurar la calidad y continuidad
del servicio de mantenimiento público de los hospitales andaluces.
Agravios en el acceso e imposibilidad de promoción
USO valora que, tanto la Orden
de 16 de junio de 2008, como el proyecto que pretende su modificación, generan
un agravio comparativo entre categorías profesionales al resultar, en unos
casos sustituidas por otras nuevas que ni siquiera tienen reconocimiento de
titulación conforme a la normativa educativa vigente, y en otros casos
directamente suprimidas, coartando la posibilidad de promocionar, condenando al
paro o impidiendo el acceso a trabajadores que tienen formación y experiencia
profesional homologables según la legislación en vigor.
En apoyo de este personal que puede resultar tan gravemente
afectado por la modificación de la normativa que pretende la Junta de
Andalucía, la Unión Sindical Obrera ha presentado una serie de alegaciones al proyecto de normativa que, sustancialmente, plantea dos exigencias
básicas:
1.- La
reversión del modelo para recuperar las ocho categorías de mantenimiento
conforme a los planes de estudios vigentes u homologables con la actual
normativa educativa.
2.- La impartición
de cursos o apertura de procedimientos por parte de la Administración sanitaria
para que los trabajadores puedan obtener en un plazo de tiempo adecuado las
nuevas titulaciones y/o certificados de
profesionalidad que se les pueda requerir para adaptar su cometido funcional.
Discriminación entre categorías y titulación
Considerando que el verdadero sentido de la Orden de 16 de
junio de 2008 es reordenar, actualizar y dotar de profesionalidad al personal
de mantenimiento perteneciente al Servicio Andaluz de Salud, desde USO se entiende como una discriminación
la diferenciación entre las categorías de electricista, fontanero, mecánico y
calefactor frente a las de pintor, albañil, jardinero y carpintero. Las ocho
estaban catalogadas en el mismo grupo, mientras ahora se subdividen en C1 y D,
con la consiguiente repercusión a efectos económicos.
Desde nuestra perspectiva,
hay que dar oportunidad de promocionar
al grupo C1 a los profesionales que ostenten la categoría de pintor,
albañil, jardinero y carpintero que aporten la titulación de grado superior
respectiva.
Y, por último, hay que reconocer la situación de muchos profesionales
que, si bien vienen y han desempeñado sus funciones en las categorías que se
pretenden suprimir, no tienen la
titulación que actualmente se está solicitando,
circunstancia por la cual tendría que abrirse un periodo para conseguir
la capacitación profesional mediante la acreditación de la experiencia
profesional, igual que se ha realizado en otros sectores, tales como Hostelería y Turismo, Reparación y
Mantenimiento de Vehículos, Educación Infantil y Dependencia. Al igual que se
está planteando en el marco de la Comisión Negociadora del VII Convenio del
Personal Laboral de la Junta de Andalucía.