BOJA 18.1.18 DEVOLUCION PAGA EXTRA 2012
La disposición adicional novena de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, dispone que en la nómina del mes de febrero de 2018 se percibirá la parte proporcional correspondiente a 45 días de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional del complemento específico o pagas adicionales correspondientes al mes de diciembre de 2012, o importes equivalentes dejados de percibir por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y de la disposición transitoria primera de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.
RESOLUCION QUE AFECTA A LOS SIGUIENTES:
1. Ámbito subjetivo de aplicación.
Las presentes Instrucciones serán de aplicación al personal del sector público andaluz
que se indica a continuación:
a) La Administración de la Junta de Andalucía, sus instituciones y agencias
administrativas.
b) A los efectos de esta Resolución, se consideran instituciones el Consejo Consultivo
de Andalucía, el Consejo Audiovisual de Andalucía, Consejo de Transparencia y
Protección de Datos de Andalucía y el Consejo Económico y Social de Andalucía.
c) Las agencias de régimen especial.
d) Las agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público
andaluz, y consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5
del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.LA RESOLUCION QUE AFECTA A LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, SE PUBLICARÁ EN BOJA EN BREVE.
