19 septiembre, 2018
El Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 8 de Valencia ha reconocido el derecho a percibir
el complemento de carrera/desarrollo a una interina del ámbito sanitario que
acumulaba más de cinco años de servicios prestados a la Administración.
El Juzgado ha determinado que la
demandante ha desempeñado servicios por un plazo muy superior a los 60 meses,
lo que la convierte en interina de larga duración, habiendo mantenido con la
Administración una relación temporal de servicios que supera los cinco años, como
recoger el Tribunal Constitucional.
Además, se concreta que, aunque esta
interina haya desempeñado labores administrativas en hospitales distintos, ello
no ha supuesto el desarrollo de funciones distintas.
Así, la Justicia obliga a la
Administración valencia a reconocer y abonar el complemento según el grupo
asignado a la demandante en un plazo máximo de seis meses.
En la sentencia, el tribunal determina
que “no existen razones objetivas que justifiquen el no reconocimiento del
concepto retributivo reclamado”, apoyándose en la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (nº 157/2017) que determina que
“el desempeño con carácter interino o temporal de un puesto en igualdad de
condiciones con un estatutario fio o funcionario de carrera, comporta que la
exclusión de la percepción del complemento retributivo (…) sea efectivamente
discriminatoria”.
Desde USO Comunitat Valenciana consideran
esta sentencia de enorme importancia ya que reconoce el derecho de los
interinos de larga duración, que encadenan numerosos contratos con la
Administración, a percibir complementos salariales que hasta el momento solo
eran aplicables a funcionarios de carrera.