Tribunales
Tardar tres meses en sustituir a un funcionario de Justicia atenta contra la Constitución
SPJ-USO LLEVA AL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ LA TARDANZA EN CUBRIR LAS BAJAS DEL PERSONAL JUDICIAL
José Antonio Sau 14.02.2017 | 17:57Imagen de un juzgado de lo Penal de la Ciudad de la Justicia, algo saturado. Gregorio Torres
SPJ-USO afirma que la Junta de Andalucía tarda tres meses en nombrar personal interino en caso de ausencia del titular en los órganos judiciales de la comunidad, una queja que trasladó al Defensor del Pueblo Andaluz que, según la institución, "atenta contra el principio fundamental recogido en el artículo 24.2 de la Constitución del derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas".
El sindicato ha emprendido diversas acciones de mejora reivindicando la "intolerable" medida que aplica la Consejería de Justicia e Interior de esperar "un inefable plazo de tres meses para nombrar un funcionario interino en caso de plaza vacante por enfermedad o licencia del funcionario titular".
Tres meses es un plazo enorme para esta plataforma sindical, "que provoca mayor retraso en la ya de por sí sobrecargada administración de justicia y más aún en aquella comunidad que está a la cabeza en número de asuntos ingresados, teniendo un porcentaje superior al 21% con respecto a la litigiosidad nacional".
SPJ-USO hizo un estudio comparativo con el resto de territorios con competencias en justicia, comprobando que en todas ellas el plazo máximo para nombrar interino es de un mes". Luego, presentó 5.000 firmas de funcionarios, el 9 de junio de 2016, en el Parlamento andaluz, reclamando la derogación de la "funesta" norma.
Incluso, consiguió llevarlo a la Cámara regional, donde se interpeló al consejero de Justicia, Emilio de Llera. En mayo, el Defensor del Pueblo Andaluz contestó: "Podrías afirmar que en tanto se produce una vacante en una plaza y su provisión se demora más allá de un plazo razonable, incrementa sobremanera el colapso ya existente en los órganos judiciales de nuestra comunidad, sin que pueda justificarse la espera de hasta tres meses para el nombramiento de un funcionario interino". "De no remediarse este proceder, estaríamos atentando seriamente al principio básico y fundamental constitucional recogido en el artículo 24.2 de la Carta Magna española, como el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas".
SPJ-USO responsabiliza a la Administración andaluza de la falta de consideración con los funcionarios que quedan en los juzgados cuando hay una ausencia de un compañero, que han de distribuirse el trabajo urgente del ausente, así como del aumento del retraso y la nula capacidad resolutiva de la Junta de Andalucía con la colapsada Administración de Justicia andaluza que, por cierto, "es la que más carga de trabajo soporta de todo el país".
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