El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y anulado dos apartados del primer artículo del Decreto Ley de reordenación del sector público andaluz, de 2010, al considerar que la supuesta extraordinaria y urgente necesidad que justificaría la parte impugnada no está suficientemente justificada.
El recurso fue interpuesto por diputados del PP contra una parte más amplia del decreto, concretamente, la disposición adicional cuarta y los artículos 1, apartados 9 y 12; 3 a 12; 18; 19 y 22 a 24 al considerar que infringía varios artículos de la Constitución y otras disposiciones integrantes del bloque constitucional. El Constitucional declara ahora la inconstitucionalidad de los dos apartados y desestima el recurso en todo lo demás y, además, declara la extinción del recurso por desaparición sobrevenida del objeto respecto de los artículos 3 a 12, 18, 19 y 22 a 24.