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MAÑANAS
LUNES A VIERNES: de 10:00 a 14:00 horas
TARDES
MARTES: de 17:00 a 19:00 horas.
JUEVES: de 16,30 a 19,30 horas (ASESORÍA PRESENCIAL EN SEDE)
Dirección Postal: calle Virgel del Perpetuo Socorro nº 4 14004 Córdoba
957 76 08 17 - cordoba@usoandalucia.net - Móvil y Whatsapp: 643191638
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18.8.20
REUNIÓN DE PROTOCOLO
PRUEBA FISICO-PRACTICA 32 PLAZAS FIJAS Y 500 PLAZAS PARA BOLSA DE EMPLEO
TEMPORAL
Acontinuación os informamos del resultado de la reunión
celebrada en el día de hoy (18.8.20) con la empresa en relación al protocolo
que se establecerá para la realización de la prueba físico-práctica para las 32
plazas fijas convocadas y 500 para la bolsa de empleo temporal de SADECO.
¿Dónde se realizarán
las pruebas?
En las instalaciones el Fontanar, con protocolo de entrada y
salida respetando las distancias de seguridad de 1,5 metros de separación.
¿Dónde puedo consultar el llamamiento de los aspirantes?
Se publicará en la Web de Sadeco (www.sadeco.es) cuando salga
la lista definitiva con el día y hora para asistencia a la prueba. Se formarán
grupos de 48 personas, dividiéndose, a su vez, en grupos de 8 aspirantes para
la realización de las pruebas.
¿Se realizarán las dos
pruebas, balón medicinal y la carrera de 1000 metros el mismo día?
SI. Estas pruebas se controlarán por personal de la
Federación de Deportes, medirán los tiempos y marcas.
¿Qué puede llevar el
aspirante?
Una bolsa del tamaño aproximado de 20 L para portar gel
hidroalcoholico, agua, mascarilla….
Uso de la mascarilla
Se deberá usar en todo momento con la excepción del momento
de realización de la prueba y el precalentamiento.
PRIMERA PRUEBA BALÓN: se realizará con los balones que se les facilitará en
el lugar con las debidas desinfecciones para su reutilización.
SEGUNDA PRUEBA CARRERA 1000 METROS: cada aspirante la realizará por su
calle sin que esté permitido invadir la otra calle ya que podrán ser
descalificados.
¿Cuándo se realizarán
las pruebas?
En horario de MAÑANA.
El primer grupo las realizará a las 8 de la mañana y el
segundo grupo a las 9,30 horas.
¿Cuánto tiempo se
prevee que use cada grupo de 8 personas en realizar las pruebas?
Unos 15 minutos.
¿Qué duración se prevee
para la realización del total de las pruebas por todos los aspirantes?
Unas dos semanas aproximadamente.
TODA LA
INFORMACIÓN OFICIAL EN LA WEB DE SADECO Y, TAMBIÉN, EN NUESTRO
GRUPO DE
FACEBOOK USO CÓRDOBA
– ÚNETE PARA ESTAR AL DÍA-
957 76 08 17 – CORDOBA@USOANDALUCIA.NET
USO “NUESTRA INDEPENDENCIA, TU FUERZA
PRÓXIMO 3 DE SEPTIEMBRE CONCENTRACIÓN EN
LA PUERTA DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE CORDOBA 11:00 HORAS
La
Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera de
Andalucía en Córdoba (FTSP-USO Córdoba), convoca una manifestación por el
incumplimiento del pliego de condiciones redactado por la Junta de Andalucía.
En ese sentido, queremos mostrar nuestra más profunda preocupación por la
situación que vienen padeciendo los trabajadores y trabajadoras de la empresa
de Seguridad Watchman Security S.L. en el servicio de Vigilancia y Seguridad
que ésta presta diariamente en la Estación de Autobuses de Córdoba, dependiente
de la Junta de Andalucía, y la empresa Visersa y Gestión S.L. por la reducción
de personal en el punto de información y personal de mantenimiento, pues son
cesión de los locales al consorcio de Autobuses de Andalucía y a la UTE
compuesta por las empresas ALSA,SOCIBUS Y SEPULVEDANA, los cuales deben de
cumplir dicho pliego.
El pasado mes de Diciembre del
año 2019, por esta Organización Sindical, se presentó escrito a la Junta de
Andalucía, primero por la preocupante situación, y en segundo lugar, por el
Incumplimiento flagrante del pliego de condiciones técnicas que la propia Junta
de Andalucía Obliga a disponer en dicha estación de Autobuses, siendo en número
de 3 Vigilantes de Seguridad por turno, reduciendo la misma a dos sin recibir
respuesta del mismo.
El pasado mes de marzo, en
plena pandemia por el Covid-19, volvimos a denunciar que dichas empresas
vuelven a reducir la seguridad dejando un solo Vigilante de Seguridad por
turno, poniendo en peligro la seguridad de los viajeros y de los propios
Vigilantes de Seguridad que han tenido varias incidencias graves y se
encuentran solos y desamparados por la administración.
El pasado mes de Julio volvimos
a presentar escrito a la junta de Andalucía para denunciar la situación que están
padeciendo los trabajadores y trabajadoras, a día de hoy y presentado escrito
el 1 de Julio todavía no hemos recibido respuesta por parte de la Junta de
Andalucía.
Fuentes de la empresa nos
indicaron que dicha reducción se debía al cierre de la estación ya que no había
mucho tránsito de viajeros y que como máximo sería hasta el 14 de Mayo, a día
de hoy y triplicando el aforo y volviendo a la nueva normalidad, sigue
disponiendo la estación de un Vigilante de Seguridad
y el punto de información
cerrado. así que por todo lo expuesto convocamos concentración el próximo día 3
de Septiembre a las 11:00 y exigimos a la administración pública que tome
cartas en el asunto y vuelva dicha estación a la normalidad como así lo indica
el pliego de Condiciones Técnicas con 3 Vigilantes de Seguridad por turno y un
punto de información para atender a los ciudadanos.
Convocaremos concentraciones
periódicas hasta que la situación vuelva a la normalidad.
En Córdoba a, 13 de Agosto de 2020.
Atentamente.
Fdo. Rafael Porcel Monserrat
Secretario de Organización
FTSP-USO Andalucía
USO ¡NUESTRA INDEPENDENCIA, TÚ FUERZA!
¿Sabes cuántos tipos de #despidos hay?
#USOTeInforma sobre cómo actuar ante cada uno de ellos.
SI NECESITAS ASESORAMIENTO JURÍDICO, CONTACTA CON USO CÓRDOBA Y TE AYUDAREMOS 957 760817 - cordoba@usoandalucia.net
Hay tres tipos principales de despidos, que son el disciplinario, el objetivo y el colectivo. Cada tipo de despido tiene unas características diferentes y todos pueden ser recurridos en un plazo de veinte días. Desde el sindicato USO os recomendamos que, ante la notificación de cualquier tipo de despido, acudas a tu representante sindical o sede de USO más cercana.
Un despido disciplinario es aquel en el que la empresa decide poner fin al contrato debido a un incumplimiento grave y presuntamente culpable de la persona trabajadora.
Entre las causas que pueden provocar un despido disciplinario, encontramos las siguientes:
Sí. Un despido será procedente cuando las causas del despido queden demostradas. En caso contrario, o en el caso de que no se hayan seguido los requisitos formales exigidos por la ley, será improcedente.
Será considerado un despido nulo cuando esté fundamentado en causas de discriminación recogidas en la Constitución; como, por ejemplo, despedir a un trabajador por razón de su orientación sexual, su religión o su nacionalidad. La persecución sindical es una causa de despido nulo.
Desde USO, denunciamos las actividades antisindicales que, por desgracia, cada vez practican más empresas. Gracias a su necesaria judicialización, puede conseguirse esa nulidad. Un ejemplo de sentencia en este sentido es la dictada por el Tribunal Supremo anulando el despido de un delegado sindical de USO-Canarias.
La diferencia está en la indemnización. Si es considerado procedente, la empresa no tendrá que pagar ningún tipo de indemnización.
En el caso de ser considerado improcedente, la empresa podrá optar entre la readmisión de la persona trabajadora o la indemnización. Si opta por la indemnización, al trabajador le corresponderá una indemnización de 33 días de salario por año trabajado con el tope de 24 mensualidades. Si el contrato fuera anterior al 12 de febrero de 2012, la indemnización será de 45 días.
Cuando un despido se dictamina nulo, se readmitirá a la persona trabajadora en el mismo puesto de trabajo. También se le pagarán los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que fue despedido (salarios de tramitación).
El despido objetivo es aquel por el que se extingue el contrato de trabajo debido a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Estas causas están establecidas en el art. 52 del Estatuto de los Trabajadores, “Extinción del contrato por causas objetivas”.
Sí, el despido objetivo podrá ser considerado procedente, improcedente o nulo si el trabajador acude a la vía judicial para su impugnación.
El despido objetivo tiene una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, cuando es reconocido como procedente.
Si la empresa o un auto judicial reconocen la improcedencia del despido, tendrá una indemnización de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades. Recuerda: 45 días por año trabajado y 42 mensualidades en el caso de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012.
El despido colectivo o ERE se produce cuando el despido objetivo afecta a un número determinado de trabajadores dentro de la misma empres, este tipo de despido está regulado por el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y el RD 1483/2012, de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada. Se considera despido colectivo cuando:
Al igual que el despido objetivo, el despido colectivo se indemnizará con un mínimo de 20 días de salario por año trabajado, con el tope de doce mensualidades. Esta indemnización podrá ser mejorada a través de la negociación colectiva en el periodo de negociación del ERE.
Sí. Si no estás conforme con tu despido, deberás impugnarlo judicialmente antes de 20 días hábiles desde la fecha de despido.
Para ello, deberás firmar como “recibí no conforme” de cara a poder iniciar la impugnación.
La impugnación se hace a través de la papeleta de conciliación. Tras la impugnación, será el juez quien declare el despido como:
Un despido se considera nulo cuando se da alguna de las siguientes causas:
En cualquiera de los tres casos (despido disciplinario, objetivo o ERE de extinción), la persona trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo y, por lo tanto, puede solicitar las prestaciones por desempleo que le pudieran corresponder en función de las cotizaciones que tenga acumuladas.
A la hora de pedir el paro, el despido se acredita mediante el certificado de empresa.
Si la persona trabajadora reclama contra el despido, se acreditará con el acta de conciliación (administrativa o judicial) o con la sentencia judicial en la que se declara el despido procedente o improcedente. Si el despido es improcedente, debe acreditarse también que la empresa (o la persona trabajadora, si es representante legal de los trabajadores) no opta por la readmisión.
USO SANIDAD ANDALUCÍA ha remitido a los medios de comunicación DOS NOTAS DE PRENSA sobre nuestro análisis del acuerdo publicado hoy en el BOJA sobre la productividad COVID19 y los acuerdos en materia retributiva del borrador acuerdo marco sobre política de personal. uno es general y el otro es específico de las agencias públicas.

Resolución de 28 de julio de 2020, del Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
Resolución de 28 de julio de 2020, del Ayuntamiento de Villa del Río (Córdoba), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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| Domingo Castillo, Secretario G. Provincial del SPJ-USO Córdoba |
FAC-USO pone nuevamente a disposición de todos nuestros Afiliados/as en particular y de todos los Trabajadores/as en general, que consideren que puedan encontrarse en situación de CONTRATACIÓN EN FRAUDE DE LEY, y estén interesados en reclamar, para que puedan hacerlo a través de nuestros Servicios Jurídicos, tanto en vía administrativa previa, como en vía judicial -Social o Contencioso Administrativa- solicitando se les declare, según los supuestos, trabajador fijo de plantilla, funcionario de carrera, o situación análoga, que le permita obtener la fijeza en el puesto de trabajo que viene desempeñando. En nuestra Web dentro del inicio, podrás acceder a la reclamación. |