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sábado, 21 de febrero de 2015

USO LUCENA AYUNTAMIENTO: "EL FUERA DE LEY" Recurso de Reposición contra Plan de Empleo Municipal 2015

"EL FUERA DE LEY" Recurso de Reposición contra Plan de Empleo Municipal 2015


Viernes 20 de febrero 2015 

En el día de hoy la Unión Sindical Obrera (U.S.O) ha presentadoRecurso de Reposición contra el Acuerdo de aprobación delPlan de Empleo Municipal: organigrama, plantilla de personal y relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento para el año 2015, adoptado por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2014. 

Desviación de poder, arbitrariedad, omisión de la obligatoriedad de negociación y del trámite de exposición al público de la Plantilla son algunos de los fundamentos en los que se basamos el recurso. 

Las malas artes utilizadas en el procedimiento de aprobación de este Plan de Empleo, adulterando el acuerdo alcanzado con la representación sindical, mediante dos enmiendas presentadas a posteriori que modifican aspectos esenciales de todos y cada uno de los instrumentos de planificación que habían sido ya negociados, nos aleja de los principios de buena fe y de confianza legítima recogidos en el artículo 3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. 

Este recurso viene a sumarse al también presentado por este sindicato el pasado 12 de febrero contra la Resolución de la Alcaldía, por la que se convocaba concurso de traslados para la provisión de puestos del Ayuntamiento de Lucena y del Patronato Deportivo Municipal, en cuyo procedimiento también se omite el preceptivo trámite de publicación de la convocatoria, se prescinde del procedimiento negociador establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y se actúa con arbitrariedad impidiendo el ejercicio del derecho a la carrera y promoción profesional de los funcionarios públicos reconocido en el artículo 16 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. 

La única solución para la resolución de ambos recursos, es la retroacción de los procedimientos a la fase inicial de negociación en el seno de la Mesa General de Negociación Común al Personal Funcionario y al Personal Laboral, tan sólo la obcecación o el interés personal pueden impedirlo. 

USO LUCENA

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