Circular de USO sobre el nuevo complemento por maternidad en
las pensiones contributivas mediante la modificación de la Ley General de la
Seguridad Social
El 1 de enero de 2016 entró en vigor
el nuevo complemento por maternidad en las pensiones contributivas mediante la
modificación de la Ley General de la Seguridad Social, llevada a cabo a través de una enmienda al
proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016 y se
aplica a las mujeres que se jubilen a partir de esta fecha.
Su objetivo es "reconocer, mediante una prestación
social pública, la contribución demográfica al sistema de Seguridad Social de
las mujeres trabajadoras que han compatibilizado su carrera laboral con la
maternidad". Pero al limitar las beneficiarias a las mujeres que se
jubilen a partir del 1 de enero de 2016, dejan fuera a muchas que han
contribuido demográficamente en épocas muy difíciles para conciliar y que
tienen pensiones muy bajas porque tuvieron que salir del mercado laboral para
criar a sus hijos y que, en muchos casos, no pudieron incorporarse de nuevo a
él. También excluyen a las mujeres que tienen un solo hijo ¿no contribuyen
ellas demográficamente al sistema?
Según la norma este
complemento está dirigido a las mujeres con hijos naturales o adoptados que sean
beneficiarias, desde el uno de enero de este año, en cualquier régimen de
Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad e
incapacidad y consiste en el importe equivalente al resultado de aplicar a la
cuantía inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado, que
estará en función del número de hijos.
En concreto, el aumento de la
pensión será:
·
Dos hijos: 5%.
·
Tres hijos: 10%.
·
Cuatro o más hijos: 15%.
El complemento de pensión no será de
aplicación en los casos de acceso anticipado a la jubilación por voluntad de la
interesada ni en los de jubilación parcial, aunque se asignará cuando desde la
jubilación parcial se acceda a la jubilación plena, una vez cumplida la edad
que en cada caso corresponda.
Las madres que se prejubilen
voluntariamente no cobrarán el complemento por hijos, pero sí lo cobrarán si la
prejubilación ha sido forzosa.
Con esta medida, se pretende reconocer
la aportación de las mujeres trabajadoras con hijos como elemento clave para la
sostenibilidad futura del sistema de pensiones, que al ser un sistema de
reparto y de solidaridad intergeneracional depende además del empleo, de la
evolución demográfica.
Si la mujer recibe más de una
pensión contributiva solamente se aplica el complemento a una de las pensiones.
Para elegir a cual se le aplica, primero será a la pensión que resulte más
favorable y, en segundo lugar, a la de jubilación si es que esta concurre con
la de viudedad.
A la hora de determinar si se tiene
o no derecho a este nuevo complemento así como su cuantía, solo se tendrán en
cuenta los hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la
pensión correspondiente.
Desde USO defendemos que mientras la
corresponsabilidad no sea parte de nuestra sociedad, las mujeres seguirán
siendo objeto de medidas de acción positiva que solo parchean esta situación y
perpetúan el rol de cuidadoras y las desigualdades que siguen existiendo debido
al sistema económico, cultural, educativo y laboral de nuestro país.
La pensión media de un hombre
asciende en estos momentos a 1.500 euros, mientras que la media de las mujeres
es de 1.096 euros, casi un 27% menos. Además, los cuidados de familiares siguen
recayendo en las mujeres; son ellas las que solicitan las excedencias para el
cuidado de hijos (98%) o las reducciones de jornada.
No sabemos si esta medida tendrá
efectos sobre la natalidad, ya que muchas mujeres ya saben que seguramente no
cobrarán pensión contributiva o si la cobran será muy baja por mucho que
trabajen y tengan hijos lo cual no es alentador. La pirámide demográfica se
seguirá invirtiendo si no cambiamos muchas cosas y apostamos porque la
corresponsabilidad entre hombres y mujeres sea un hecho y las empresas y la
Administración establezcan medidas que la faciliten, con horarios racionales de
trabajo, guarderías accesibles, incentivos por natalidad, etc.
Desde USO consideramos en cierto modo positiva esta medida
pero hay que destacar que deja fuera a las mujeres con un solo hijo, situación
que suele ser lo normal en estos tiempos, no porque no se quieran tener más
hijos, sino por no ser capaces de mantenerlos, también excluye a las mujeres
que se han jubilado previamente a enero de este año, por lo que no podemos más
que valorar esta medida como insuficiente y propagandística.
Se estima que esta medida
beneficiará aproximadamente a 123.000 mujeres el primer año, en su mayoría
viudas, lo que supone casi el 59%.
Madrid, 14 de enero
de 2016
Secretaría
Confederal de Acción Sindical e Igualdad
USO