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miércoles, 20 de enero de 2016

En vigor desde el 1 de enero

Circular de USO sobre el nuevo complemento por maternidad en las pensiones contributivas mediante la modificación de la Ley General de la Seguridad Social


El 1 de enero de 2016 entró en vigor el nuevo complemento por maternidad en las pensiones contributivas mediante la modificación de la Ley General de la Seguridad Social,  llevada a cabo a través de una enmienda al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016 y se aplica a las mujeres que se jubilen a partir de esta fecha.

Su objetivo es "reconocer, mediante una prestación social pública, la contribución demográfica al sistema de Seguridad Social de las mujeres trabajadoras que han compatibilizado su carrera laboral con la maternidad". Pero al limitar las beneficiarias a las mujeres que se jubilen a partir del 1 de enero de 2016, dejan fuera a muchas que han contribuido demográficamente en épocas muy difíciles para conciliar y que tienen pensiones muy bajas porque tuvieron que salir del mercado laboral para criar a sus hijos y que, en muchos casos, no pudieron incorporarse de nuevo a él. También excluyen a las mujeres que tienen un solo hijo ¿no contribuyen ellas demográficamente al sistema?

Según la norma este complemento está dirigido a las mujeres con hijos naturales o adoptados que sean beneficiarias, desde el uno de enero de este año, en cualquier régimen de Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad y consiste en el importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado, que estará en función del número de hijos.

En concreto, el aumento de la pensión será:
·             Dos hijos: 5%.
·             Tres hijos: 10%.
·             Cuatro o más hijos: 15%.

El complemento de pensión no será de aplicación en los casos de acceso anticipado a la jubilación por voluntad de la interesada ni en los de jubilación parcial, aunque se asignará cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena, una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

Las madres que se prejubilen voluntariamente no cobrarán el complemento por hijos, pero sí lo cobrarán si la prejubilación ha sido forzosa.

Con esta medida, se pretende reconocer la aportación de las mujeres trabajadoras con hijos como elemento clave para la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, que al ser un sistema de reparto y de solidaridad intergeneracional depende además del empleo, de la evolución demográfica.
Si la mujer recibe más de una pensión contributiva solamente se aplica el complemento a una de las pensiones. Para elegir a cual se le aplica, primero será a la pensión que resulte más favorable y, en segundo lugar, a la de jubilación si es que esta concurre con la de viudedad.

A la hora de determinar si se tiene o no derecho a este nuevo complemento así como su cuantía, solo se tendrán en cuenta los hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión correspondiente.

Desde USO defendemos que mientras la corresponsabilidad no sea parte de nuestra sociedad, las mujeres seguirán siendo objeto de medidas de acción positiva que solo parchean esta situación y perpetúan el rol de cuidadoras y las desigualdades que siguen existiendo debido al sistema económico, cultural, educativo y laboral de nuestro país.

La pensión media de un hombre asciende en estos momentos a 1.500 euros, mientras que la media de las mujeres es de 1.096 euros, casi un 27% menos. Además, los cuidados de familiares siguen recayendo en las mujeres; son ellas las que solicitan las excedencias para el cuidado de hijos (98%) o las reducciones de jornada.

No sabemos si esta medida tendrá efectos sobre la natalidad, ya que muchas mujeres ya saben que seguramente no cobrarán pensión contributiva o si la cobran será muy baja por mucho que trabajen y tengan hijos lo cual no es alentador. La pirámide demográfica se seguirá invirtiendo si no cambiamos muchas cosas y apostamos porque la corresponsabilidad entre hombres y mujeres sea un hecho y las empresas y la Administración establezcan medidas que la faciliten, con horarios racionales de trabajo, guarderías accesibles, incentivos por natalidad, etc.

Desde USO consideramos en cierto modo positiva esta medida pero hay que destacar que deja fuera a las mujeres con un solo hijo, situación que suele ser lo normal en estos tiempos, no porque no se quieran tener más hijos, sino por no ser capaces de mantenerlos, también excluye a las mujeres que se han jubilado previamente a enero de este año, por lo que no podemos más que valorar esta medida como insuficiente y propagandística.

Se estima que esta medida beneficiará aproximadamente a 123.000 mujeres el primer año, en su mayoría viudas, lo que supone casi el 59%.

Madrid, 14 de enero de 2016

Secretaría Confederal de Acción Sindical e Igualdad

USO