Desde la FEP-USO de Andalucía ponemos a disposición de todos nuestros Afiliados/as en particular, y de todos los Trabajadores en general, que puedan encontrarse
en esta situación, nuestros
Servicios Jurídicos, a los efectos de que quien pueda estar interesado en recibir información
o asesoramiento
sobre este tema pueda realizar una consulta personalizada de su situación, y en su caso, tramitar gratuitamente, con el solo compromiso de afiliación por un periodo de tres años, las correspondientes Reclamaciones y/o Demandas.
A estos efectos puedes ponerte en contacto con los delegados/as de la FEP-USO en tu Centro
de Trabajo, o, si lo prefieres puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico:
sgeneral.cordoba@fep-uso.es
Móvil 636116950
Como adelantamos en anteriores Notas Informativas,
recientes Sentencias del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea
(T.J.U.E.) y de diversos Juzgados de lo Social, de lo Contencioso Administrativo y Salas del Tribunal Superior de Justicia de varias Comunidades Autónomas (T.S.J.) que acogen esta doctrina, ponen de manifiesto la discriminación que se está dando en España en los contratos o nombramientos administrativos
de
trabajadores/as
temporales/estructurales, interinos e indefinidos no fijos.
Estas sentencias evidencian la realidad que supone este tipo de contratación
fraudulenta y precaria, que se da con muchísima
frecuencia en el Empleo Público.
Y que el uso y abuso de estas figuras contractuales se hace por las Administraciones y Empresas Públicas, es un evidente Fraude de Ley. Lo que acarrea la manifiesta precariedad en el Empleo de cientos de miles de
Trabajadores/as.
La Jurisprudencia española hasta ahora no se ha atrevido a ponerle “el cascabel al gato”, dando
una solución creíble y eficaz, y sancionando
abiertamente
esta
conducta fraudulenta de la
Administración, estandarizando
la figura de “indefinido no fijo” como mal menor para este colectivo, que
no es
otra cosa que una nueva forma de precariedad
laboral... Un “si, pero no...SI tienen razón, pero NO se la doy...”.
La campaña por tanto va dirigida a:
• Aquellos Empleados
Públicos con un contrato o nombramiento temporal/estructural o interino, realizado en Fraude
de Ley, respecto de los que se pueda
obtener la declaración de fijeza en su puesto de trabajo, o,
subsidiariamente, la
declaración de relación laboral indefinida no fija...
• Aquellos Empleados Públicos que en su
día
obtuvieron la declaración de trabajador “indefinido no fijo” y que no conformes con esta situación quieran, con arreglo a la nueva Doctrina que se vaya fijando por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y Juzgado y Tribunales Españoles, conseguir la declaración de fijeza.
• Dentro de esta campaña, ponemos a disposición de nuestros afiliados y simpatizantes
un escrito de solicitud de reconocimiento
de una determinada condición profesional/laboral/estatutaria para presentar ante la Administración correspondiente como primera actuación encaminada a constatar
la vulneración existente de
la
normativa comunitaria.
PORQUE LA TEMPORALIDAD Y
LA
INTERINIDAD EN EL EMPLEO DEBE SER LA EXCEPCIÓN, Y LA FIJEZA, LA REGLA. DEFIENDE TUS DERECHOS CON LA FEP-USO